La Audiencia Nacional ha declarado la nulidad de las actuaciones en el procedimiento judicial abierto por la Comisión Nacional de la Competencia contra el requisito de los tres camiones de flota mínima para acceder al sector.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) tiene dos causas judiciales abiertas ante la Audiencia Nacional contra el requisito de flota mínima exigido para acceder al sector del transporte pesado por carretera, establecido en la actualidad en un mínimo de tres vehículos que sumen una carga útil de 60 toneladas.
En relación al primer procedimiento judicial, la Audiencia Nacional ha notificado a través de un Auto judicial que se declara “la nulidad de todas las actuaciones practicadas por no haberse tramitado de conformidad con el procedimiento para la garantía de unidad de mercado regulado en el artículo 127 bis de la LJCA” y de otra parte de haber incumplido “las normas de reparto de asunto entre las distintas Secciones de la Audiencia Nacional”.
Tras este Auto judicial, FENADISMER ha manifestado públicamente “su enorme satisfacción por suponer un triunfo para la defensa de los intereses de los transportistas españoles” y confía en que la Comisión Nacional de la Competencia no recurra dicha resolución judicial, por “quedar acreditado que la actual regulación del sector del transporte español resulta absolutamente beneficiosa no solo para el propio colectivo del transporte español sino, sobre todo, para el resto de la economía española”.